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Jueves 7 de Junio de 2001 | Managua, Nicaragua
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Judicial lo oculta como si fuera privado
Juicio a los Sándigo "bajo siete llaves"
* Defensa pidió y se lo concedieron que le dieran al expediente tratamiento de privacidad por "orden público"
* ¿Es posible esto en juicio donde hay sentencias interlocutorias por asesinato atroz?


AUGUSTO CERMEÑO
GRANADA

La Juez de Distrito para lo Criminal de esta ciudad, doctora María de los Angeles Solano Zavala, no permite que los periodistas accedan al expediente del caso de los hermanos José Encarnación, William y Francisco Sándigo Gross. Tanto la juez, como su secretaria, Martha Gutiérrez, se bolean como verdaderas jugadoras big leager. La jueza dijo en una ocasión que lo tenía la secretaria y no estaba y la secretaria dijo que lo tenía la juez y lo estaba ocupando.

Nos llamó la atención la tensión reinante en la sala del Juzgado del Distrito del Crimen, donde el resto de secretarias y funcionarios muestran pavor a la Juez y su poderosa secretaria, quien se dice manda más que la judicial dentro del tribunal. Pedí a varios de los funcionarios que le informaran a la judicial Solano que necesitábamos que nos prestara el expediente, pero nadie se atrevió a pasar la información. Solo decían está ocupada, mostrando un estado nervioso colectivo.

La verdad de todo es que los hermanos Sándigo Gross, por medio de su abogado defensor, han logrado bloquear el expediente a los periodistas esgrimiendo el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que dice en el segundo párrafo: "En los procesos penales puede restringirse el acceso de los medios de comunicación y del público, a criterio de la autoridad judicial, sea de oficio o a petición de parte, por consideraciones de moralidad o de orden público".

SOLICITOS CON LA DEFENSA

El abogado de la defensa, doctor José Antonio Bolaños, al ser consultado por EL NUEVO DIARIO, aceptó que introdujo un escrito ante la judicial Solano Zavala, en base al artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asegura que "por razones de orden público yo solicité eso, en vista que se extralimitaron algunos periodistas en el manejo de la información en la instructiva".

Bolaños aludió directamente a este corresponsal diciendo: "Considero que vos fuiste uno de los que se extralimitaron en el manejo de la información. En el sentido de que no se manejaron nombres y apellidos, sino que la familia o los familiares o "los Sándigo". Los tres o cuatro procesados tienen su nombres y apellidos y tienen que dirigirse en esa forma".

Lo contradictorio de este argumento jurídico es que el delito que se cometió no solo es un atentado contra la vida de las víctimas, que resultaron muertas, sino a la moral, el orden y la seguridad pública, afectando a quienes de una u otra forma visitan cotidianamente el lugar de los hechos, donde fueron muertos a balazos el capitán Noel Niño Miranda y William Martínez Gutiérrez, a manos de los presuntos asesinos ya sentenciados interlocutoriamente con auto de segura y formal prisión. El mismo Chepe Chón Sándigo es un criminal confeso, al hacerse responsable, él solo, de las muertes de Niño y Martínez.

No se entiende cómo la judicial María de los Angeles Solano Zavala, adopta olímpicamente la medida de bloquear el expediente a los medios de comunicación, siguiendo argumentos de la defensa, que provienen de quienes ya fueron condenados y se les sigue juicio en su fase plenaria por asesinato atroz. ¿Es que ahora los autores de crímenes tienen mas derechos que los ciudadanos que están en plena facultades como tales ante la Ley? ¿Por qué la juez aceptó tan diligentemente la petición de la defensa, restando a los ciudadanos en general la posibilidad de ejercer un derecho constitucional, contemplado en el artículo 66 de la Carta Magna de los nicaragüenses?.

Ese artículo 66 de la Cn. dice en su parte medular: "Los nicaragüenses tienen derecho a la información veraz. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea de manera oral, por escrito, gráficamente o por cualquier otro procedimiento de su elección".

La Presidenta del Tribunal de Apelaciones, doctora Angela Gross Galeano, consideró, en reciente entrevista con EL NUEVO DIARIO, que "solamente en delitos de orden privado se puede restringir el expediente judicial al público. La constitución dice que los juicios son públicos. Es mas, en el caso de los medios de comunicación es vital el acceso a los expedientes para que puedan informar objetivamente".

Para el doctor Bolaños, "mientras no se alegue la inconstitucionalidad de la Ley es Ley. La Constitución tienen sus limitaciones también, son reglamentadas por leyes. La Constitución son normas de carácter general".





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