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Según Argüello, no podía rendir declaración ad-inquirendum
(ofendida), porque como ministra goza de inmunidad y el derecho
procesal señala que sólo pueden rendir declaración en sus
despachos y como testigos. La juez llegó al despacho de la
ministra donde le tomó la declaración en calidad de testigo.
De acuerdo a la ley de la materia, explicó Argüello a la juez,
el único que representa al Estado es el Fiscal de la República
o el Procurador de Justicia. No obstante, los ministros siempre
han declarado en calidad de ofendidos en los casos en los que las
instituciones que representan se ven afectadas por actos
delictivos.
Sin embargo, cuando la juez le preguntó si la declaración rendida
en la Policía y la firma eran suyas, se limitó a responder que
sí. Pero ante la Policía Nacional, dijo sentirse ofendida por
hechos investigados que causaban perjuicio al Ministerio de
Salud.
Esos hechos, son el presunto hurto, cometido por Meza, Lidia
López, directora de distribución y Mariano Castro, responsable
del Centro de Despacho. Asimismo son procesados algunos
familiares de la primera que le ayudaron en la comisión.
La investigación de la Policía Nacional determinó que Meza fue
quien le dio órdenes a su primo, Gilberto Meza, para que sacarán
las medicinas del CIPS y las llevaran directamente a la casa de
su empleada doméstica, Miriam Cano, en Niquinohomo.
Cuando el presunto hurto fue denunciado, Meza quiso justificar
la desviación de medicinas diciendo que por un desperfecto del
vehículo se habían desviado a Niquinohomo y habían dejado los
medicamentos en la casa de Cano, pero todo esto fue desmentido
por diversos testigos a quienes la principal implicada trató de
convencer para que sostuvieran su versión.
Se espera de que en los próximos días continúe el proceso
judicial y que la juez Pérez resuelva si admite o no el incidente
de recusación promovido por Meza contra la juez Primero de
Distrito del Crimen Juana Méndez.
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