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Reformas
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El señor Josué Bermúdez Marenco envió a EL NUEVO DIARIO una carta en la que califica a este corresponsal de repetir mentiras para convertirlas en verdades. Además valora que este profesional del periodismo está mal informado. Pero lo que no dice, es cuáles son esas mentiras de las que tanto teme.
Todo lo que se ha abordado en las páginas de este diario que goza de mucho prestigio en todo el país, tiene que ver con hechos en los que el mismo señor Bermúdez, de una manera directa se ha visto involucrado en su insistente lucha por arrebatar INTERCASA a los trabajadores, que no son 10, sino 125, lo que el mismo señor Bermúdez puede pasar a constatar a la mencionada empresa. Parto de lo que mis propios ojos han visto. Las mentiras y el desprestigio que el señor Bermúdez arguye, pretendiendo confundir a la opinión pública, emanan de su estado anímico, de ese deseo o sueño de tomar lo que cree es de su propiedad, llegando a rayar en la locura. Esto no lo expreso de una manera antojadiza, hay verdades que el señor Bermúdez dice son mentiras, pero en todo caso a quien debe acudir es a quienes lo confiscaron, que es su propio abogado. Para comenzar a repetir las «mentiras» de que habla el señor Bermúdez: Según el historial jurídico de la empresa, INTERCASA fue confiscada en un 100 por ciento, incluyendo el 17 por ciento que corresponde a don Josué, el 9 de agosto de 1979, cuando el doctor Hebert Marenco Torres era Procurador de Justicia en el Departamento de Granada. Marenco Torres, primo de Josué, es el abogado que le lleva el caso. Por ironías de la vida, fue el Procurador que lo confiscó. Existe en poder de los trabajadores una Certificación de la Procuraduría General de Justicia, firmada por el entonces Procurador General de Justicia, doctor Ernesto Castillo Martínez. Confiscada la empresa en un 100 por ciento de sus acciones, el señor Bermúdez apenas era el tenedor del 17 por ciento de las acciones. La empresa pasó a poder del Estado y es administrada por la COIP hasta 1990. Al asumir la Presidencia de la República doña Violeta Barrios de Chamorro, se creó la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones, a la cual recurrió el señor Bermúdez. La mencionada comisión entonces revoca la resolución dictada por la Procuraduría General de Justicia del 9 de agosto de 1979. Los trabajadores recurren de amparo extraordinario ante el honorable Tribunal de Apelaciones de Masaya. El Tribunal admitió el recurso y ordenó la suspensión del acto reclamado, lo que significó dejar sin efecto la restitución de los derechos reclamados por Bermúdez hasta que la Corte Suprema de Justicia resolviera de conformidad. Ante esta situación, el señor Bermúdez se apersona como tercero interesado y logra por medio de fianza dejar sin efecto la suspensión del acto. En el interín logra ser admitido como Vicepresidente de la Junta Directiva de la empresa, de parte de la COIP, quedando a espera del resultado del recurso. La CSJ dicta sentencia a las nueve de la mañana del 25 de mayo de 1992, mediante la cual se declara CON LUGAR EL RECURSO DE AMPARO INTERPUESTO POR EL SINDICATO DE TRABAJADORES DE INTERCASA en contra del doctor Duilio Baltodano Mayorga, en su calidad de Presidente de la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones y en su calidad de Procurador General de Justicia. La CSJ concluye: «En consecuencia, vuelvan las cosas al estado que tenían antes de realizarse los actos violatorios reclamados mediante el presente recurso». Con este fallo, todo vuelve al inicio y el 100 por ciento de las acciones de INTERCASA pasan nuevamente a poder del Estado nicaragüense. También desaparece la figura de Bermúdez como Vicepresidente de INTERCASA, puesto que no es dueño ni de un alfiler. El nombramiento que la COIP da a Bermúdez, como Vicepresidente, fue el 12 de septiembre de 1990 y la Suprema se pronuncia a favor del recurso de los trabajadores, el 23 de mayo de 1992. ¿Será esta una mentira de la que habla livianamente el señor Bermúdez? ¿Es una mentira, señor Bermúdez, que en la página 210 a la 213, del libro de actas del Consejo Directivo de la COIP y bajo acta número 62 llevado a cabo a las 4 de la tarde del 12 de agosto de 1992, se contiene la resolución número CD-062-02-92, que revocó el cargo de Vicepresidente de la Junta Directiva al señor Josué Bermúdez Marenco? Esta acta del Consejo Directivo de la COIP fue debidamente certificada por el asesor legal de la COIP, doctor Julio Mora Mena. Ahora, al volver el 100 por ciento de las acciones de INTERCASA a poder del Estado y el mismo Estado vende a la sociedad denominada Inversiones Comerciales Financieras, S.A. (INCOFISA), que es una sociedad constituida por los trabajadores de la empresa. La venta del 100 por ciento de las acciones de INTERCASA a los trabajadores asociados en INCOFISA, consta en escritura autorizada por el notario Donald José Alemán Mena, a las 8 de la noche del 25 de octubre de 1993. La sociedad de los trabajadores canceló hasta el último centavo del precio de las 20 mil 250 acciones de empresa al Gobierno de Nicaragua. Después de este resumen de la historia jurídica de INTERCASA, se dieron una serie de eventos, hechos o acciones que se han ventilado en los tribunales, en los que se deja entrever como el sistema judicial ha permitido que gane fuerza una demanda que judicialmente es injusta, ilegal e inexistente. Si miento, que el confiscador y ahora asesor del señor Bermúdez lo averigue en la Suprema. Todo está en los expedientes del caso. Compartir:
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